Por Decreto Supremo Nº 341-EF, el Ministerio de Educación fue autorizado para transferir a los gobiernos regionales la suma de 36 millones 391 mil 931 nuevos soles para financiar el pago de la Asignación por Tiempo de Servicios y el Subsidio por Luto y Sepelio a los maestros, establecidos en la Ley de la Reforma Magisterial.

La Norma Legal, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, señala que los titulares de los pliegos habilitadores y habilitados en la presente transferencia deben aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados dentro de los 5 días calendario de la vigencia del Decreto Supremo en mención.

Asimismo, indica claramente que los recursos de la citada transferencia no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

En uno de los considerandos del Decreto Supremo se precisa que la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación cuenta con los recursos disponibles en el presupuesto institucional del MINEDU para realizar la transferencia a los gobiernos regionales para los fines mencionados.