La Fiscal Gisela Paola Soto Galarza ha emitido la Resolución / Disposición Nº – 2013 de fecha 11 de julio, mediante la cual declara que no procede formalizar ni continuar con la investigación contra Pedro Rivero Paredes, en calidad de Director Regional de Educación de Ucayali por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad en agravio de Lilí Coral de Sánchez, y dispone el archivamiento del caso.
La presunta agraviada había denunciado a Pedro Rivero Paredes, en su calidad de Director Regional de Educación, por considerar que éste había cometido abuso de autoridad al expedir el Oficio Múltiple Nº 231-2013-MED/GRU/DREUcayali, de fecha 30 de mayo, a través del cual hace de su conocimiento que la retiran de la Carrera Pública Magisterial por límite de edad, invocando la Ley Nº 29944-Ley de Reforma Magisterial, agradeciéndole por los servicios prestados.
La Resolución /Disposición precisa que se configura el ilícito de abuso de autoridad cuando un funcionario público en pleno ejercicio de sus funciones, abusando de las atribuciones propias de su cargo, comete u ordena un acto arbitrario en perjuicio de un tercero.
En tal sentido, la Fiscal del caso indica que el investigado, en calidad de Director Regional de Educación de Ucayali tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas emitidas por el sector educación, por lo que le correspondía disponer el retiro de la Carrera Pública Magisterial de la denunciante por límite de edad. Lilí Coral de Sánchez cumplirá 68 años el 13 de agosto próximo (Nació el 13 de agosto de 1946).
La representante del Ministerio Público señala, asimismo, que Pedro Rivero Paredes, Director Regional de Educación de Ucayali, no ha realizado un acto arbitrario, sino ha dispuesto un acto en cumplimiento de una Ley, al advertir que la edad de la denunciante superaba el límite para continuar en la Carrera Pública Magisterial, consecuentemente, la conducta del investigado se encuentra amparada por Ley.