Actualmente, los procesos de reasignación de personal docente en cualquiera de sus formas (unidad familiar e interés personal, emergencia, salud, etc.) se encuentran suspendidos. Así lo da a conocer el Ministerio de Educación, a través de la Jefatura de la Unidad de Personal en Oficio Múltiple Nº 084-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER, dirigido a los directores regionales de educación y de las UGEL.

Señala que la suspensión de los procesos se dará hasta que el Ministerio de Educación emita los dispositivos complementarios para su ejecución, de conformidad con la decima segunda disposición complementaria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.

El documento precisa que cualquier disposición en contrario por parte de los gobiernos regionales y sus instancias de gestión educativas descentralizadas (DREU/UGEL), son nulas de pleno derecho.

Como se sabe, desde el 26 de noviembre del 2012 se encuentra vigente la Ley de Reforma Magisterial (LRM), mediante la cual se derogó la Ley del Profesorado y la Ley de la Carrera Pública Magisterial, entre otras normas, constituyéndose en el único marco normativo que integrará a los profesores.

Esta ley – LRM – como su reglamento establecen que los docentes pueden desplazarse a través de las acciones administrativas de reasignaciones, destaque y permuta; no obstante, es menester recalcar que para el caso de ejecución de las permutas y reasignaciones, éstas serán implementadas una vez que el Ministerio de Educación dicte las normas complementarias que sean necesarias para su aplicación.