Las II.EE. deben asegurar la permanencia en el servicio educativo de las estudiantes en situación de embarazo o maternidad y garantizar su inclusión sin discriminación. Así lo dispone el Decreto Supremo Nº 002-2013-ED, que Reglamenta la Ley Nº 29600, de Fomento a la Reinserción Escolar por Embarazo.

Precisa que es responsabilidad de las II.EE., Públicas y Privadas asegurar que los docentes en la oportunidad correspondiente brinden  las facilidades para la evaluación académica respectiva, en el domicilio o la I.E., según corresponda a la Etapa Prenatal y Posnatal, de acuerdo a la condición física en la que se encuentra la estudiante en situación de embarazo o maternidad.

La norma indica, asimismo, que los planteles determinarán la flexibilización del periodo de asistencia a clases de la estudiante en situación de embarazo o maternidad, cuando la inasistencia tenga como causa directa su estado de salud o del niño, en concordancia con el certificado o informe emitido por el establecimiento de salud que brinda la atención.

Entre las facilidades que se dan a las estudiantes embarazadas se cuenta, también con Becas para aquellas alumnas que no hayan culminado sus estudios secundarios para que puedan hacerlo.

Igualmente, gozarán de las Becas otorgadas por PRONABEC, las estudiantes embarazadas que hayan culminado satisfactoriamente la Educación Secundaria pero que no cuentan con recursos suficientes para continuar estudios superiores.

El mencionado Decreto Supremo busca establecer procedimientos y medidas que garanticen por parte de las II.EE. el derecho a la permanencia en el servicio educativo de las estudiantes en situación de embarazo o maternidad, que  considera las oportunidades y facilidades para su continuidad o reingreso, sin que su condición sea un obstáculo o impedimento.